Dólar ahorro: ARCA eliminó las percepciones sobre la compra


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este martes una medida clave para el dólar y el mercado cambiario: la eliminación del régimen de percepciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales sobre la compra de moneda extranjera para atesoramiento. La decisión, que había sido anticipada el pasado viernes como parte de una serie de anuncios económicos del Gobierno nacional, se formalizó mediante la Resolución General 5672/25, publicada en el Boletín Oficial.

Con esta resolución, las personas humanas podrán adquirir divisas extranjeras para ahorro a través de entidades financieras habilitadas por el Banco Central sin retenciones adicionales, lo que supone un alivio frente al recargo del 30% que se aplicaba hasta ahora por la denominada “percepción” impositiva.

Según el comunicado emitido por la entidad, la modificación aplica específicamente a la “compra de divisas a cargo de personas humanas para atesoramiento o con destino específico”. En concreto, ya no se aplicará el tradicional anticipo del impuesto a las Ganancias ni sobre los Bienes Personales que regía en estos casos, conocido popularmente como el “dólar solidario” o “dólar ahorro”.

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¿Qué implica esta medida para el dólar?

A partir de hoy, cualquier persona física que compre dólares a través de una cuenta bancaria o casa de cambio autorizada podrá hacerlo al valor oficial sin recargos impositivos adicionales. De esta forma, desaparece la percepción del 30%, que encarecía considerablemente el valor final del dólar para quienes buscaban ahorrar en esa moneda.

Esta medida representa un paso más hacia la normalización del acceso al mercado de divisas, una demanda histórica del sector privado y de los ahorristas individuales, que veían en las percepciones una barrera adicional al ya restringido acceso al dólar oficial.

Sin embargo, la eliminación de las percepciones no es total. ARCA aclaró en su resolución que ciertas operaciones vinculadas al consumo en el exterior continuarán alcanzadas por el régimen vigente, conforme lo establece la Resolución General 5617, aún en vigencia. Esto significa que las percepciones seguirán aplicándose en los siguientes casos:

  • Compras realizadas en el exterior con tarjetas de crédito, débito u otros medios de pago equivalentes.
  • Contratación de servicios prestados por no residentes.
  • Servicios turísticos o de transporte con destino fuera del país.
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En estos casos, la percepción puede variar dependiendo del tipo de contribuyente y del destino de los gastos. Por ejemplo, si un usuario realiza compras en plataformas internacionales o contrata servicios digitales en el exterior, dichas operaciones seguirán alcanzadas por el recargo impositivo, aunque no aplique para la compra directa de divisas para ahorro.

¿Desde cuándo rige la nueva normativa?

Según informó oficialmente ARCA, las disposiciones de la Resolución General 5672/25 entran en vigencia desde el martes mismo. Esto quiere decir que cualquier operación cambiaria realizada a partir de este martes 10 de abril se regirá bajo las nuevas condiciones, sin percepción ni retención impositiva para la compra de dólares con fines de ahorro.

La medida se enmarca en un conjunto de iniciativas del Gobierno orientadas a liberar el mercado de cambios, reducir la presión impositiva sobre el acceso al dólar y generar un entorno más competitivo y transparente. En paralelo, se busca incentivar la repatriación de divisas y desalentar las operaciones en el mercado informal.

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Con esta modificación, el Gobierno espera facilitar el acceso a la moneda extranjera, fomentar la bancarización de los ahorros y reducir la brecha entre el dólar oficial y los paralelos, en un contexto de transición hacia una mayor apertura cambiaria.

De esta manera, se da un paso más en el desmantelamiento del esquema de cepo cambiario que rigió durante los últimos años, aunque con cautela y sin perder de vista el impacto fiscal y en la balanza de pagos que puede implicar la eliminación total de restricciones.